El pasado 21 de julio de 2015, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (“TEDH“) dictó una sentencia (ref.: 931/13) en relación con el equilibrio entre el derecho a la privacidad y la libertad de expresión. Los hechos del caso tienen que ver con dos empresas finlandesas que publicaban información fiscal sobre individuos y ofrecían, además, el servicio de entregar dicha información vía SMS si se solicitaba, también vía SMS, información sobre un individuo y ésta estaba disponible en la base de datos de la compañía. Tras la intervención de varios tribunales finlandeses, el asunto fue sometido al TEDH de cuyas conclusiones se infiere que aquéllos tribunales habían realizado una correcta ponderación entre ambos derechos y que, por tanto, era respetable su fallo a favor de la privacidad, teniendo en cuenta las circunstancias del caso.