León Fernando Del Canto González · 29 de septiembre de 2026

Mi incorporación al Instituto Colombiano de Derecho Tributario y Aduanero (ICDT) y el diálogo con la Universidad Externado de Colombia marcan el comienzo de mi etapa profesional en Bogotá. Tras haber ejercido en España, Inglaterra y Gales, Estados Unidos, Gibraltar, Qatar, Emiratos Árabes Unidos e Irlanda, con cualificación como abogado en España, como barrister en Inglaterra y Gales y como European Registered Lawyer en Irlanda, expongo lo que significa para mí este nuevo destino y el método que aplico al llegar a un ordenamiento distinto. El papel de las compañeras y los compañeros, el estudio, la comprensión de la sociedad y de la política fiscal del país, y el conocimiento de cómo se organiza allí la profesión de asesor fiscal.

Nota del autor. Con este artículo, The International Private Client comienza a publicar también en español. Hasta ahora, este espacio ha tratado en inglés la fiscalidad y el derecho privado de la clientela con vínculos en varios países. Mi llegada a Colombia hace natural que el primer texto en español trate, precisamente, de lo que supone ejercer en un nuevo ordenamiento en mi propia lengua.

Un nuevo destino, esta vez en mi lengua

Llegar a Colombia a estas alturas de mi carrera tiene algo de volver a empezar, y lo asumo con el mismo respeto que la primera vez. Durante casi toda mi vida profesional he trabajado en países cuya lengua oficial no era la mía. He redactado opiniones, he defendido asuntos y he dado clase en inglés, y he trabajado junto a colegas con formación en el common law o en los sistemas jurídicos del Golfo. Esa condición obliga a una atención constante y sobre todo, nunca a dar por sabido lo que significa una palabra que no se aprendió en la infancia.

Colombia es la primera jurisdicción, fuera de España, en la que trabajo en mi propia lengua y dentro de una tradición jurídica emparentada con la española. El Código Civil de Andrés Bello bebe de fuentes compartidas con el nuestro, y el derecho tributario de ambos países responde a modelos continentales próximos. Precisamente por eso el riesgo de error es mayor. La familiaridad invita a suponer que una palabra conocida designa la institución conocida, y con frecuencia no es así.

Los ejemplos son cotidianos. La persona natural colombiana es la persona física española, y ahí la diferencia es sólo de nombre. En cambio, la retención en la fuente, la condición de responsable del IVA, el revisor fiscal o la sociedad por acciones simplificada tienen reglas y alcance propios que no coinciden con sus equivalentes españoles aparentes. Incluso el vocabulario de trámite, como radicar un escrito o diligenciar un formulario, tiene usos precisos que conviene aprender antes de emplearlos.

He aprendido que compartir idioma exige más cuidado que no compartirlo. En inglés, la distancia lingüística me obligaba a verificar cada término. En el español de Colombia debo imponerme esa misma verificación de forma deliberada, porque nada en la lengua me advierte de que el significado ha cambiado. No dar nada por entendido es, para mí, la primera regla de este nuevo destino.

Lo primero: qué puedo hacer y qué no

Antes de cualquier análisis técnico, la primera cuestión en cada país es qué actividades están reservadas y a quién. La respuesta condiciona la forma de trabajar desde el primer día.

En Colombia, el ejercicio de la abogacía exige título reconocido e inscripción con tarjeta profesional, conforme al Decreto 196 de 1971, por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía, y a la Ley 1123 de 2007, por la cual se establece el Código Disciplinario del Abogado. Mientras se tramita la convalidación de mi título, mi trabajo en Colombia se desarrolla en colaboración con abogadas y abogados colombianos, que son quienes asumen las actuaciones reservadas.

En Inglaterra y Gales, la distinción entre barrister y solicitor y el régimen de Public Access delimitan con precisión qué instrucciones puede aceptar un barrister y en qué condiciones. En Irlanda, la inscripción como European Registered Lawyer permite ejercer bajo el título de origen, con los requisitos y límites de la Directiva 98/5/CE. En los Estados del Golfo, la abogacía extranjera actúa como consultoría en derecho extranjero y la representación ante los tribunales ordinarios queda reservada a la abogacía nacional.

Respetar estas reglas no es una formalidad. Protege a la clientela, que tiene derecho a saber quién responde de cada consejo y ante qué colegio o autoridad disciplinaria.

Compañeras y compañeros, antes que los textos

En cada país he aprendido más de mis compañeras y compañeros que de los textos. Las normas pueden leerse desde cualquier lugar; el criterio con que se aplican, la práctica real de la administración y lo que un tribunal considera razonable se aprenden, sobre todo, de quienes trabajan con ellas a diario. Jamas lograremos saberlo todo, pero debemos aspirar a saber quién sabe.

Eso exige escucha activa. Significa preguntar antes de afirmar, dejar que la colega o el colega local explique por qué una solución no funciona en su sistema antes de proponer la que funcionaba en otro, y volver sobre la cuestión cuando se ha entendido mejor. Significa también aceptar que la reputación profesional se construye de nuevo en cada país.

En Colombia, esa formación se esta apoyando en mis compañeras y compañeros de despacho, en colegas del ICDT, cuya disposición a explicar el sistema con paciencia ha sido decisiva, y en el diálogo con la Universidad Externado de Colombia, su doctorado y sus programas de tributación. La incorporación a las instituciones profesionales y académicas del país forma parte de ese mismo compromiso. El de participar en el estudio del derecho local y someter las propias opiniones al contraste con quienes lo conocen mejor.

Estudiar con método

La escucha no sustituye al estudio. Al llegar a un ordenamiento nuevo dedico tiempo, de forma sistemática, a los manuales de referencia, a la doctrina publicada y a la jurisprudencia reciente, con la misma disciplina que exige cualquier especialización. La experiencia acumulada en otros sistemas ayuda a formular las preguntas adecuadas, pero no dispensa de aprender las respuestas propias de cada país.

Estudiar la tradición, no sólo la norma

Cada ordenamiento tiene sus propias fuentes de autoridad, y leer la ley sin ellas conduce a errores. En Inglaterra, el precedente judicial y la práctica publicada de HMRC. En España, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la doctrina del Tribunal Económico-Administrativo Central y las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos. En Estados Unidos, el Internal Revenue Code leído junto con las Treasury Regulations y los pronunciamientos del IRS.

En Colombia he encontrado una tradición tributaria con identidad propia: la jurisprudencia de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, la doctrina de la DIAN y una producción académica sostenida, en la que ocupan un lugar central el ICDT, con su revista publicada desde 1965 y sus jornadas, y las facultades de derecho, entre ellas la del Externado. Comprender cómo dialogan esas fuentes exige tiempo y lectura, y no se sustituye con la experiencia acumulada en otros países.

Comprender la sociedad, además del ordenamiento

Mi investigación doctoral en IALS ( University of London) es sociojurídica y estudio la regulación de la abogacía como fenómeno social y político, no sólo normativo. Esa perspectiva condiciona cómo me acerco a un país nuevo. El derecho tributario expresa decisiones políticas sobre quién soporta la carga fiscal y con qué fines, y su aplicación depende de la capacidad de la administración, de la cultura de cumplimiento y del peso de la economía informal.

En Colombia, eso significa seguir el debate sobre las reformas tributarias, la política fiscal del Gobierno y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, así como la relación entre la DIAN y las personas contribuyentes. Significa leer a diario la prensa nacional y la especializada en economía y asuntos legales, asistir a conferencias, jornadas y seminarios universitarios, y escuchar a quienes sostienen posiciones distintas sobre la política fiscal del país.

Un consejo técnicamente correcto que ignora el contexto social y político en que va a aplicarse puede fallar en la práctica, y la clientela lo percibe antes que quien asesora.

La profesión de asesor fiscal

La asesoría fiscal no se organiza igual en todos los países, y conocer esa organización forma parte de entender el sistema.

En Colombia, la asesoría tributaria la prestan principalmente profesionales de la abogacía y de la contaduría pública. La contaduría pública está regulada por la Ley 43 de 1990. El Estatuto Tributario exige que determinadas declaraciones vayan firmadas por contadora o contador público o por revisoría fiscal, de modo que la colaboración entre la abogacía y la contaduría forma parte ordinaria del trabajo tributario. El Instituto Colombiano de Derecho Tributario reúne a ambas profesiones y a la academia, y esa composición refleja cómo se practica la tributación en el país.

En el Reino Unido, el título de tax adviser no está reservado por ley, pero la profesión se estructura en torno a organismos como el Chartered Institute of Taxation y la Association of Taxation Technicians, de la que soy miembro, con exigencias propias de formación, deontología y formación continua. En España, la asesoría fiscal tampoco es una actividad reservada: la prestan profesionales de la abogacía, la economía y la asesoría fiscal agrupados en asociaciones profesionales, y la reserva legal se limita a la representación y defensa ante los tribunales.

Para quien llega de fuera a asesorar, la consecuencia práctica es saber con precisión quién puede firmar qué, quién puede representar ante la administración y los tribunales, y con qué profesional local debe coordinarse cada encargo.

Traducir conceptos, no palabras

La práctica transfronteriza obliga a trabajar con instituciones que no tienen equivalente exacto. El domicile inglés no coincide con el domicilio del Código Civil colombiano ni con la residencia fiscal española. El trust anglosajón no se corresponde con la fiducia mercantil colombiana, aunque ésta sea la figura más próxima. La residencia fiscal se define en cada sistema con criterios distintos, y los convenios para evitar la doble imposición resuelven los conflictos con reglas propias.

Por ello mantengo en los escritos las equivalencias expresas con la legislación de origen, entre corchetes, en lugar de dar por supuesto que un término significa lo mismo en dos ordenamientos. Es la forma de que la clientela y las y los colegas de cada país sepan exactamente de qué institución se habla.

El cliente no vive en un solo ordenamiento

En el ámbito del private client internacional, la situación de una familia rara vez se agota en una jurisdicción: la residencia está en un país, el patrimonio en otro, la sociedad en un tercero y la sucesión puede regirse por una ley distinta de todas ellas. El valor del asesoramiento está en coordinar esas piezas de forma coherente, identificando qué norma prevalece en cada caso y qué profesional local debe intervenir.

Esa coordinación sólo es fiable cuando cada parte del análisis está respaldada por quien conoce el sistema desde dentro. La experiencia internacional aporta la visión de conjunto; la colega o el colega local aporta la precisión.

Lo que he aprendido y lo que quisiera transmitir

Si algo me han enseñado estos años es que la experiencia internacional no se traslada intacta de un país a otro. Cada nueva jurisdicción me ha recordado lo mucho que ignoraba, y Colombia me lo recuerda de nuevo, a pesar de la lengua compartida.

Esa lección suele aprenderse a través de los propios errores, casi siempre el mismo: suponer que una solución que funcionaba en Londres o en Madrid funcionará igual en otro lugar. Con el tiempo he aprendido a desconfiar de la comodidad de lo conocido, a agradecer la corrección de una colega o un colega local y a aceptar que decir «no lo sé; lo consulto» forma parte del trabajo profesional bien hecho.

Quisiera que esa actitud forme parte de la práctica de Del Canto Chambers y, sobre todo, de la formación de nuestras y nuestros profesionales más jóvenes. Acumular jurisdicciones en una biografía tiene poco valor si no se aprende a llegar a cada una con curiosidad, a escuchar antes de opinar y a reconocer los límites de lo que sabemos y de lo que estamos habilitados para hacer.

Qué significa llamarse internacionalista

Con frecuencia nos presentamos como profesionales internacionales de la abogacía o de la asesoría, y yo mismo lo he hecho durante años. Conviene preguntarse qué queremos decir con ello. Haber trabajado en varios países, hablar varias lenguas o atender a clientela de distintas nacionalidades no convierte a nadie en especialista en todos los ordenamientos que intervienen en un asunto.

Hoy entiendo que ser internacionalista consiste menos en dominar muchos sistemas que en saber cómo se relacionan, dónde termina el propio conocimiento y a quién hay que acudir cuando se llega a ese punto. Implica respeto por cada tradición jurídica y por las y los profesionales que la sostienen, y la honestidad de decir a la clientela qué parte del consejo es propia y cuál depende de una colega o un colega local.

Dejo la pregunta abierta, para mí en primer lugar y para quienes compartimos esta forma de ejercer: cuando nos llamamos internacionalistas, ¿describimos lo que sabemos o lo que aspiramos a aprender?

Conclusión

A las y los profesionales más jóvenes de Del Canto Chambers, y a cualquier colega que se plantee ejercer o asesorar en un nuevo ordenamiento, les propongo algunas pautas que a mí me han resultado útiles:

  • Determinar, antes de aceptar ningún encargo, qué actividades están reservadas y qué cualificación exigen.
  • Apoyarse en las compañeras y compañeros del país y practicar la escucha activa antes de proponer soluciones importadas.
  • Estudiar de forma sistemática la doctrina y la jurisprudencia del tribunal de cierre, además de la ley.
  • Seguir la prensa, el debate político y la política fiscal del país, y asistir a sus conferencias y jornadas.
  • Conocer cómo se organiza la profesión de asesor fiscal y quién puede firmar y representar en cada caso.
  • Incorporarse a las instituciones académicas y profesionales locales.
  • Hacer explícitas las equivalencias entre instituciones de distintos sistemas en lugar de presumirlas.