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A riesgo de reforzar la noción de que los abogados y los profesionales de recursos humanos no son “divertidos”, les ofrecemos algunas sugerencias prácticas para evitar los inesperados “trucos” que los empleadores pueden experimentar después de haber dado fiestas de “Halloween” a sus empleados.

En primer lugar, aunque muchos van a disfrutar la oportunidad de ponerse un disfraz para las fiestas de “Halloween”, tenga presente que no todas las personas comparten de esa perspectiva.  De hecho, por razones religiosas, algunas personas rechazan las celebraciones de días festivos de cualquier tipo, no solo de “Halloween”,  así que respete sus perspectivas y creencias.  No haga obligatoria la participación en las fiestas de “Halloween” y sea sensible con aquellos que, quizá por motivos religiosos o de otro tipo, no deseen tomar parte en estas.  No los haga sentir incómodos por ejercer su derecho a no participar.  El crear un ambiente en el cual alguien se sienta obligado a participar en la celebración de un día festivo en contra de sus creencias religiosas puede dar pie a una reclamación por discriminación o acoso.  La Comisión de Oportunidades Igualitarias de Empleo (conocida también en inglés como la “EEOC” por “Equal Employment Opportunity Commission”) ya presentó una reclamación sobre este asunto en nombre de un testigo de Jehová que fue despedido por negarse a participar en una celebración de “Halloween”, a pesar de haber informado a su empleador que sus creencias religiosas le impedían participar en el evento.

Además, aunque a la mayoría esto le puede parece obvio, no todo el mundo se da cuenta de que algunos disfraces son ofensivos o sencillamente no son apropiados para un centro de trabajo.  Por ejemplo, los empleados deben evitar disfraces que parezcan parodiar estereotipos raciales o religiosos o que sean demasiado “sexy”.  Usted no desea ofender a ningún empleado ni encarar una reclamación porque un disfraz constituyó alguna forma de acoso.   En resumidas cuentas: si su mamá se eriza al verlo con ese disfraz, es probable que no sea adecuado para llevarlo al trabajo.  También deben quedar fuera vestidos que revelen demasiada piel o que se burlen de alguna raza o grupo étnico.

Tampoco es obvio el daño que un disfraz puede causar al empleado que se lo ponga o a otras personas. Por ejemplo, un disfraz de Cenicienta con una cola larga puede hacer que alguien (incluso la persona que lo lleve puesto) tropiece con ella.  Las lesiones que resulten de ello pueden dar lugar a una reclamación de compensación por accidente laboral.

Los empleadores que celebren fiestas de “Halloween” en el centro de trabajo deben considerar dar pautas a sus empleados acerca de qué tipos de disfraces son apropiados y deben dejar absolutamente en claro que la participación en estas festividades son totalmente voluntarias.  ¡A disfrutar “Halloween”!